El Servicio de Administración Tributaria
(SAT) dio a conocer en su página de Internet una nueva actualización a
este proyecto, destacándose los siguientes aspectos:
Días inhábiles del SAT
El periodo general de vacaciones del SAT será del 22 de diciembre de 2014 al 6 de enero de 2015.
Cancelación en el RFC por defunción
La autoridad fiscal también podrá
realizar la cancelación en el RFC por defunción, sin que sea necesario
presentar el aviso respectivo, cuando la información proporcionada por
diversas autoridades o de terceros demuestre el fallecimiento del
contribuyente y éste se encuentre activo en el RFC sin obligaciones
fiscales o en el régimen de incorporación fiscal, intereses o
dividendos.
Anteriormente, esta facultad solo
procedía respecto de personas que exclusivamente obtenían ingresos por
salarios o que hubieran presentado el aviso de suspensión de
actividades.
Sujetos no obligados a llevar contabilidad
No estarán obligados a llevar
contabilidad en términos del artículo 28 del CFF las entidades
federativas, los municipios, los sindicatos obreros y los organismos que
los agrupen. Tampoco tendrán esta obligación las entidades de la
Administración Pública paraestatal ni los órganos autónomos que estén
sujetos a la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como las
instituciones que por ley estén obligadas a entregar al Gobierno Federal
el importe íntegro de su remanente de operación.
Las entidades antes citadas únicamente llevarán sistemas contables cuando realicen actividades:
- señaladas en el artículo 16 del CFF
- que no den lugar al pago de derechos o aprovechamientos, o
- relacionadas con su autorización para recibir donativos deducibles
Beneficios a contribuyentes del RIF
- El plazo de permanencia en este régimen, así como el de aplicación de las tablas que contienen los porcentajes de reducción de contribuciones se computará por año de tributación en dicho régimen.Se entenderá por año de tributación, cada periodo de 12 meses consecutivos comprendido entre la fecha en la que el contribuyente se dio de alta en el RFC para tributar en el RIF y el mismo día del siguiente año de calendario
- Se considera que la presentación del aviso de suspensión de actividades no implica la salida del RIF de los contribuyentes que lo hayan presentado, por lo que los plazos previstos en las citadas disposiciones legales continuarán computándose durante el período en que esté vigente la suspensión, aplicando en su caso la disminución o reducción de los porcentajes, según corresponda, en el año de tributación en que se reanuden actividades por las que los contribuyentes estén sujetos al RIF
Facilidad para emitir recibos de nómina electrónicos a ciertos contribuyentes
Las personas físicas del sector
primario, las que obtengan ingresos por actividades profesionales y
empresariales o por arrendamiento de inmuebles, así como las
Asociaciones Religiosas podrán expedir CFDI por las remuneraciones que
cubran a sus trabajadores a través de “Mis Cuentas” apartado “Factura
fácil” sección“Generar factura nómina”, siempre que a dichos
comprobantes se les incorpore el sello digital del SAT y cumplan con el
complemento de nómina.
Para aplicar esta facilidad es necesario que:
- los patrones antes señalados utilicen la herramienta “Mis Cuentas”
- la relación laboral haya iniciado en 2014
- que se cubran los conceptos mínimos establecidos en la Ley Federal del Trabajo
- sujetarse a las políticas previstas en laherramienta electrónica “Mis cuentas” apartado “Mi información” sección “Perfil”
Los CFDIde nómina de 2014 deben emitirse a más tardar el 31 de enero de 2015.
Prórroga para presentar declaración de operaciones relevantes
Quienes realicen operaciones en 2014 por
las que se encuentren obligados a presentar la forma oficial 76
“Información de operaciones relevantes” (artículo 31-A del CFF), deben
cumplir con dicha obligacióna más tardar el 30 de abril de 2015.
Anteriormente se había indicado que el plazo sería en enero de 2015.
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