sábado, 27 de diciembre de 2014

La Regla del 80/20

La Regla del 80/20 es uno de los conceptos más útiles para la administración del tiempo. También se la llama Ley de Pareto, por el economista italiano Vilfredo Pareto, quien fue el primero que la enunció en 1895.

Pareto observó que la gente en la sociedad de su época parecía dividirse naturalmente entre el 20% "superior" en términos de dinero e influencia, y el 80% restante.

Más tarde Pareto descubrió que todas las actividades económicas estaban sujetas a esta misma Regla.

Por ejemplo, esta regla establece que el 20% de sus actividades va a producir el 80% de sus resultados. El 20% de sus clientes va a producirle el 80% de sus ventas. El 20% de sus productos va a generar el 80% de sus ganancias. El 20% de sus tareas va a generar el 80% del valor de lo que usted hace, y así en todo.

Esto significa que si usted tiene una lista de diez cosas para hacer, dos de esas cosas van a tener el mismo valor que las ocho cosas restantes todas juntas.

Es un interesante descubrimiento.
Cada una de esas tareas puede llevarnos el mismo tiempo para ejecutarlas. Pero una o dos de ellas van a aportarle cinco o diez veces más valor que cada una de las demás.


Frecuentemente una cosa en una lista de diez que usted tiene que hacer vale más que las otras nueve sumadas. Esta tarea es la que usted debe hacer primero.

Las tareas más valiosas que usted puede realizar cada día son, habitualmente, las más difíciles y más complejas. Pero la recompensa por completar estas tareas eficientemente puede ser muy importante. Por esta razón, usted tiene que evitar ponerse a trabajar en actividades del 80% inferior hasta que las actividades correspondientes al 20% superior estén completamente hechas.

Antes de empezar a hacer algo, pregúntese, "Esta tarea, ¿Está en el 20% de mis actividades de mayor valor, o en el 80% inferior?"

La administración del tiempo es la administración de la vida. Esto quiere decir que usted toma control de los acontecimientos. La administración del tiempo es tener el control sobre lo que usted va a hacer.
Y usted siempre tiene la libertad de decidir lo que va a hacer primero. Su capacidad para elegir entre lo que es importante y lo que no determina, en una gran medida, el éxito en la vida y en el trabajo.

Las personas efectivas y productivas se disciplinan a sí mismas para empezar con las tareas más importantes que tienen frente a ellos.
 
Estas personas se obligan a "tragarse el sapo" de las tareas difíciles, porque son las tareas más importantes. Como resultado de esto, logran mucho más que las personas promedio, y en consecuencia, consiguen más.

Aquí hay dos cosas que usted puede hacer de inmediato al respecto:

Haga una lista de todos sus objetivos, actividades, proyectos y responsabilidades actuales.
¿Cuáles de todos estos son los que constituyen el 10% o 20% que va a representar el 80% o 90% de sus resultados?

Resuelva hoy mismo invertir la mayor parte de su tiempo en aquellas pocas actividades que realmente producen una diferencia en su vida y su trabajo, y menos tiempo en actividades que representan un valor menor.




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Puede ponerse en contacto con nosotros para realizar una consulta personalizada o asesoría para planificar sus impuestos y/o finanzas personales o para elaborar su Declaración Anual, siéntase con toda la libertad de contactarnos sin compromiso.


Raul Antonio Valdes Hernandez
despachovaldes@live.com
Contador Público 
Cédulas Prof. No. 6681904

lunes, 15 de diciembre de 2014

Escrito para los trabajadores que presentaran su declaración anual 2014



El día de hoy te compartimos el formato del escrito que tienes que entregar a tu empleador si es que vas a realizar la presentación de tu declaración anual 2014 por tu cuenta.


Lugar y fecha

Nombre del patrón

Dirección

Por este medio le informo que el que suscribe Antonio H. (aquí pones tu nombre completo) con Registro Federal de Contribuyentes (RFC) XXXX783029AA2 (aquí pones el tuyo), me permito informarle que de conformidad con los artículos 116 último párrafo, inciso c) y 117 fracción III, inciso b) de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 151 de su Reglamento, voy a presentar por mi cuenta la declaración anual del impuesto sobre la renta por los ingresos percibidos por concepto de sueldos y salarios correspondientes al ejercicio fiscal de 2014. Asimismo, me permito solicitarle la constancia de sueldos y Salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio par el empleo por el año 2014, la cual me debe ser entregada a más tardar en febrero 2015 para estar en posibilidad de cumplir con la presentación de mi declaración anual en el plazo previsto por las disposiciones fiscales.


Atentamente



tu nombre y firma


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Raul Antonio Valdes Hernandez
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miércoles, 3 de diciembre de 2014

Recupera el ISR que te Descontaron en tu nómina en 2014





Segun datos del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el mes de septiembre de 2014 informa que en el país existen activos 28.2 millones de asalariados en el país.

Se estima que de los asalariados registrados ante el SAT, alrededor de 1.9 millones que representa un 7% del total, se encuentran ubicados en el Estado de Nuevo León.

Sin embargo, la gran mayoría de las personas que reciben ingresos mediante sueldos y salarios menores a $400 mil pesos anuales, desconoce que puede optar por presentar su declaración anual y que tiene derecho, cumpliendo con ciertos requisitos, a realizar algunas Deducciones Personales, las cuales en la mayoría de los casos, generan un saldo a favor que puede ser devuelto durante el mes de abril, mediante un depósito directo a su cuenta bancaria.

¿Qué puedo Deducir?

Todas las personas físicas tienen derecho de efectuar Deducciones Personales y aplicar lo dispuesto en decretos que contengan estímulos fiscales.

En términos generales y cumpliendo con ciertos requisitos, las Deducciones Personales a las que tienen derecho las personas físicas pueden ser las siguientes:

  • Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, para usted, su esposa (o) o para la persona con quien viva en concubinato y para sus hijos, nietos, padres o abuelos;
  • Primas por seguros de gastos médicos;
  • El deducible y coaseguro pagados en el caso de seguros de gastos médicos mayores;
  • Aparatos para el restablecimiento o rehabilitación, medicinas que se incluyan en las facturas que expidan los hospitales, honorarios a enfermeras y por análisis, estudios clínicos o prótesis;
  • Los gastos que se realicen por concepto de compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales;
  • Gastos de funerales, efectuados para las personas antes señaladas;
  • Donativos;
  • Aportaciones complementarias y voluntarias al sistema de ahorro para el retiro (AFORE);
  • Las aportaciones en las cuentas de planes personales de retiro;
  • Depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro;
  • Pago de primas de contratos de seguros que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, la jubilación o el retiro;
  • Gastos del transporte escolar obligatorio;
  • Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios contratados con el sistema financiero, INFONAVIT, FOVISSSTE u otros organismos públicos;
  • Colegiaturas escolares pagadas en instituciones privadas, desde preescolar hasta profesional técnico.

Comprobantes fiscales

Para que proceda la deducción de cualquiera de los conceptos antes mencionados, se debe contar con los comprobantes correspondientes (facturas o recibos de honorarios) que reúnan todos los requisitos que establecen las disposiciones fiscales.
 
¿Se tiene algún limite para las deducción personales?

Para el ejercicio 2014, se limita el monto máximo de las deducciones personales realizadas por una persona física al año a la cantidad que resulte menor entre cuatro salarios mínimos generales elevados al año del área geográfica del contribuyente, o del 10% del total de los ingresos del contribuyente, incluidos los exentos. Este limite de deducción no es aplicable para las colegiaturas respetando el monto autorizado y nivel escolar, ni para los donativos otorgados a personas autorizadas, ya que estas deducciones son 100% deducibles.
 
¿Que medios debo utilizar para el pago de las deducciones personales ?

En el caso de los pagos por honorarios médicos y dentales, los gastos hospitalarios, así como los gastos destinados a la transportación escolar de los descendientes en línea recta cuando ésta sea obligatoria, se establece como requisito para poder deducirlos que los pagos se realicen con cheque nominativo del contribuyente, transferencias electrónicas de fondos, o mediante tarjeta de crédito, de débito o de servicios.
 
¿Que requisito debo de cumplir para deducir los intereses pagados por mi crédito hipotecario?

Para poder deducir los intereses reales pagados por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de casa habitación, el monto total máximo del crédito otorgado para la adquisición de dicho inmueble debe ser de hasta 750 mil unidades de inversión (alrededor de 3.75 millones de pesos).
 
¿Qué debo hacer si optó por presentar voluntariamente mi Declaración Anual?

Primero es recomendable realizar un cálculo estimado del Impuesto Sobre la Renta Anual considerando sus Deducciones Personales, para determinar un probable "Saldo a Favor".

En caso de que se determine que es conveniente presentar su Declaración Anual por su cuenta, debe avisar su intención a su empleador por escrito. Es importante señalar que el aviso al empleador se debe realizar antes del 31 de diciembre del presente año.

Tramitar su Contraseña para el acceso al portal del SAT y su Firma Electrónica Avanzada (FIEL) para el caso de devoluciones de saldos a favor por cantidades superiores a $ 13.7 mil pesos.

Recabar durante el mes de enero de 2015 la constancia de retenciones por sueldos y salarios efectuadas por su empleador durante el año 2014.

Contar con los comprobantes fiscales (recibos o facturas) de sus deducciones personales, constancias emitidas por bancos y en su caso de constancias de ingresos del extranjero.

Determinar la cuenta bancaria y Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) en la que se le efectuara el depósito de su saldo a favor.

Y finalmente, una vez teniendo todos los elementos antes mencionados, elaborar y presentar su Declaración Anual durante el mes de Abril, así como dar el seguimiento correspondiente a su trámite de devolución de su saldo a favor.


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Raul Antonio Valdes Hernandez
Contador Público 
Cédulas Prof. No. 6681904