jueves, 16 de diciembre de 2021

Urgen contadores al SAT aclarar ambigüedades del Régimen de Confianza


Los integrantes del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) detectaron limitaciones y ambigüedades en el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), las cuales, dijeron, deberá aclarar el Servicio de Administración Tributaria.


En el RESICO podrán tributar a partir de 2022 las personas físicas con ingresos de hasta 3.5 millones de pesos al año De acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), hay cerca de 10 millones de personas físicas con actividad empresarial elegibles para el régimen. Para personas morales, el límite es de 35 millones de pesos al año.

Cabe mencionar que este nuevo régimen es para personas físicas con actividad empresarial, profesionistas, arrendatarios como para quienes se dedican al sector primario que reciben ingresos de hasta 3.5 millones de pesos de manera anual, así como para personas morales cuyos ingresos sean de hasta 35 millones de pesos anuales.


Las excepciones

Es importante mencionar que el sector primario incluye todas las actividades dedicadas a la explotación de recursos naturales, los cuales obtienen materias primas destinadas al consumo humano directo o a su transformación por parte del sector secundario.

Estas actividades son agricultura, ganadería, caza, pesca y piscicultura, apicultura, silvicultura o explotación forestal y minería.

No obstante, como menciona el vicepresidente del área fiscal del IMCP, Ramiro Ávalos Martínez, las personas ya sean físicas o morales que se dedican a actividades como son las agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesca (Agapes) no podrán ingresar a este nuevo régimen, ya que suelen ser parte de entidades o asociaciones a través de los cuales obtienen recursos gubernamentales y no podrán aplicar la exención de 900 mil pesos que actualmente les está permitido, esto porque el RESICO lo impide.

“¿Qué será lo deseable? Que en las reglas misceláneas que está preparando la autoridad, bajo ciertos lineamientos, estos contribuyentes puedan ser parte del nuevo régimen”, mencionó Martínez.

 

Sin beneficios claros

Por su parte, la presidenta nacional del IMCP, Laura Grajeda, mencionó que faltan reglas para este nuevo régimen, lo que hace imposible percibir cuántos beneficios traerá a los contribuyentes.

“Y en el caso de personas físicas accionistas, no está delimitado si pueden tributar en este nuevo régimen; hay ambigüedad en ciertos conceptos que tendríamos que definir”, indicó.

Además, expuso que la previsión es que estas ambigüedades se resuelvan antes de que termine el año, pues para el 1 de enero de 2022 entrará en marcha el régimen.

Junto con esto, Ávalos recordó que para el siguiente año entrará en vigor el formato 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en el cual, uno de sus cambios más importantes es la obligatoriedad de incluir el nombre y domicilio fiscal del receptor y del emisor.

Agregó también que aún falta que la autoridad dé a conocer los parámetros de cancelación del CFDI, ya que para 2022 será necesario hacerlo.


 Fuente:

www.elcontribuyente.mx 

martes, 14 de diciembre de 2021

El SAT aprieta fiscalización con más multas


El 12 de noviembre, el Poder Ejecutivo publicó la Miscelánea Fiscal para 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Como parte de los cambios fiscales para el 2022, se introducirán diversas infracciones al Código Fiscal de la Federación (CFF).

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) pretende elevar la fiscalización y la recaudación en el 2022, a través de la aplicación de multas a todo tipo de contribuyentes, de acuerdo información de Reforma.

Virginia Ríos, fiscalista y profesora de la Universidad Panamericana, aseguró al diario que actualmente están llegando requerimientos que implican multas, cuando anteriormente sólo llegaban invitaciones para cumplir con las obligaciones fiscales.

“Antes llegaba una invitación, si por ejemplo el contribuyente no pagaba su contribución de noviembre, se le enviaba una invitación para presentarla, y con eso no había sanción. Ahora están llegando requerimientos que implican multas”, afirmó.

Para Ríos, esta será una forma en la que el SAT buscará compensar una eventual caída en la recaudación tributaria, sobre todo porque hay altas posibilidades de que las personas físicas cometan faltas sin alevosía.

Ramiro Ávalos, vicepresidente del área fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), coincidió que en el 2022 habrá una mayor fiscalización porque se contemplan más multas.

Por ejemplo, el especialista dijo al diario que cuando un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) sea cancelado y el contribuyente no exponga la razón por la cual lo hace, la autoridad fiscal podrá aplicarle una sanción del 5 al 10% del monto del ingreso reportado en dicha factura.

Información publicada por:
www.elcontribuyente.mx 

miércoles, 17 de noviembre de 2021

Los conceptos de las transferencias bancarias que recibes te pueden meter en problemas con el SAT

Como han señalado algunos contribuyentes, no tomar en serio el concepto de pago en una transferencia puede traer problemas con el SAT.

Recientemente los conceptos de pago en las transferencias electrónicas han recibido atención por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y algunos medios.

Esto se debe a que una contribuyente relató en redes sociales un encuentro con la autoridad fiscal derivado de los conceptos de pago. Como señala Oink Oink, la contribuyente, a manera de una broma con su pareja, escribía palabras como sexosexo anal, etc. en los conceptos de pago.

Lamentablemente para la contribuyente, el SAT tiene ojos en todas partes. La contribuyente recibió un correo del SAT donde le informaban que había recibido transferencias por conceptos de pago distintos a los que tenía registrados.

Así, el SAT le dijo que para evitar una sanción, la contribuyente debía dar de alta inmediatamente sus servicios como sexoservidora y así no caer en evasión fiscal.

Cuidado con los conceptos de pago

Como señala Infobae, este es solo un ejemplo. Al parecer, es muy común que los contribuyentes utilicen conceptos como drogasarmassexo y un largo etcétera de bromas y chistes locales. Al final, algunos de estos conceptos los pueden meter en problemas con la autoridad.

El problema es que las instituciones financieras están obligadas a revisar los conceptos de pago para detectar irregularidades. Esto se relaciona principalmente con delitos como lavado de dinero. En muchos casos, se utiliza inteligencia artificial para filtrar los casos que llamen la atención.

Además, el SAT también puede revisar si los conceptos de pago están relacionados con una actividad por la cual el contribuyente no está pagando impuestos

De acuerdo con Infoabe, cuando se detecta una transferencia sospechosa, la institución bancaria puede detener el proceso y contactar tanto al usuario como a la autoridad.

 

Con información de Infobae y Oink Oink

https://www.infobae.com/america/mexico/2021/11/10/sat-que-conceptos-de-pago-sospechosos-deberias-evitar-para-no-tener-consecuencias/

https://www.oinkoink.com.mx/noticias/el-sat-puede-sancionarme-si-bromeo-con-el-concepto-de-mis-transferencia

https://www.elcontribuyente.mx/2021/11/los-conceptos-de-las-transferencias-bancarias-te-pueden-meter-en-problemas-con-el-sat/